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CUADERNOS BIODIVERSIDAD 2- CONVENIO DE DIVERSIDAD BIOLÓGICA Y PROTOCOLO DE NAGOYA

Alianza Biodiversidad / Enero 19 de 2023 / Este artículo ha sido consultado 14 veces

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Volvamos la mirada a los años ochenta. Entonces se discutieron y aprobaron pactos de comercio y dentro de ellos los acuerdos de propiedad intelectual, y otro tipo de pactos para una supuesta protección de la biodiversidad silvestre y agrícola.

La Revolución Verde hacía estragos: su base era una agricultura de semillas “estandarizadas”, híbridas o “mejoradas”, monocultivos, plaguicidas, maquinaria agrícola y ganadería extensiva. Este enfoque agropecuario arrasaba con las áreas tropicales y bosques en su mayoría cuidados por pueblos originarios y comunidades campesinas. Era un hecho que desaparecían muchísimas especies y había despojo de tierras.

Entonces, desde empresas y centros de investigación, con la ayuda de organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales, dijeron avanzar propuestas para detener los estragos (que eran ambiguas porque eran remiendos de sus propios estragos).

Pero tenían que guardar al menos parte de esa biodiversidad que ellos mismos estaban desapareciendo o acaparando, sobre todo en las áreas tropicales donde se halla el origen de la mayor parte de las plantas que sirven de alimento a todo el mundo, y sus parientes silvestres —base de su renovación. No se les puede arrasar sin enormes consecuencias. No debía morir la gallina de los huevos de oro.

Además, esas áreas podrían surtir nuevos productos industriales, medicamentos, perfumes y jabones derivados de plantas y animales. En su lógica requerían “descubrir” nuevos fármacos e “inventar” otros, derivados de la bioprospección y la biopiratería que llevaba siglos ocurriendo.

Pero había que regular esas actividades y así surgió la idea de establecer un convenio internacional, el futuro Convenio de Diversidad Biológica (CDB), que resolviera la aparente contradicción de conservar sin dejar de usar la biodiversidad.

El CDB es un convenio diseñado para intentar proteger la biodiversidad y al mismo tiempo ver en qué términos utilizarla. Lograr estos primeros objetivos requería dos tipos de conocimiento: el tecnológico y el tradicional. Cada uno debía ser considerado de manera diferente.

El conocimiento tecnológico, del que habían salido las pautas de la Revolución Verde y después la biotecnología moderna, debería ser “protegido” con derechos de propiedad intelectual (DPI).

Con el CDB la biodiversidad ya no sería un legado o “patrimonio” de la humanidad sino un “recurso” bajo la soberanía de cada Estado. Quien investigara ya no podría entrar como “Pedro por su casa” para obtener los materiales deseados. Se requerirían “permisos de acceso” por parte de los Estados y hacer contratos. Extraer nuevos recursos de un país rico en biodiversidad y llegar a un producto industrial sería un proceso lento. Los costos y sobre todo las ganancias sólo podrían asegurarse con derechos de propiedad intelectual (DPI).

El asunto era muy controvertido. El interés de los investigadores estaba centrado en formas de vida y la vida no debe aprisionarse dentro de esquemas de DPI. Al aprobarse el CDB hubo apenas un tímido impulso contra esos “derechos de propiedad” que más bien salieron fortalecidos con los tratados de libre comercio. De allí en adelante los DPI fueron un candado a los procesos y productos derivados de la biodiversidad: nadie podría utilizarlos sin el debido pago a los supuestos “descubridores” o “innovadores”.

 


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Publicado en Enero 19 de 2023| Compartir
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