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Biodiversidad y Propiedad Intelectual

Nury Yagari, Colombia, Enero 28 de 2014, Este artículo ha sido consultado 1242 veces

Desde hace aproximadamente dieciocho años se viene hablando de la protección del conocimiento ancestral, pero el interrogante es ¿a qué nos referimos con esto? y cuando se habla de conocimiento tradicional inmediatamente pensamos en su protección vía normativa. Sin embargo, es necesario revisar cuando se piensa en normas, ¿qué es lo que se quiere proteger?, si el conocimiento, o la sabiduría en sí misma, la relación de ella con la sabiduría ancestral y en particular con relación a la medicina o frente a cualquier conocimiento de los pueblos en el mundo?, o se pretende proteger al grupo social que preserva los conocimientos que por miles de años ha servido para la humanidad? Por muchos años se ha discutido la importancia de la protección del “conocimiento tradicional” aduciendo a que es un conocimiento que se trasmite de generación en generación, o sea, ese conocimiento que los abuelos adquirieron fueron transmitidos a sus hijos y nietos y por cientos de años se han guardado en un pueblo determinado. Se ha discutido que la protección del conocimiento ancestral a todas luces no tiene cabida en el marco de una protección regulada bajo el esquema del conocimiento individual. Siempre que se habla de un conocimiento, como se ha denominado hoy por parte de los pueblos indígenas los “saberes”, provienen de los ancestros

Esta información que se transmite de generación a generación, este conocimiento que además es preservado y acumulado por cientos de años asociados a la utilización de la biodiversidad, es el tema que siempre se ha puesto en discusión. De eso no existe duda, es una “herencia” que a través del tiempo se va pasando de abuelos a hijos y de éstos a los nietos, bisnietos y así sucesivamente. Es una escuela de larga duración como lo describía un sabio Émbera cuando se refería al conocimiento que se adquiere cuando se aprende ser médico ancestral: Jaibaná (poseedor/a de los espíritus). 

Para los pueblos está demasiado claro que nadie tiene por qué apropiarse de estos conocimientos o saberes. Es necesario también afirmar que estamos asociando a esos conocimientos el dominio que se tiene de los recursos que están en su hábitat, una estrecha comunicación con la naturaleza y desde allí la comprensión de todo el comportamiento del universo y en consecuencia su preservación. En ese sentido, existen estrategias claras que son milenarias como los llamados sitios sagrados, que para la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza- UICN existen además de los sitios sagrados de los pueblos indígenas en el mundo, otros sitios sagrados naturales, refiriéndose a espacios que muchos pueblos del mundo preservan para su descanso como son los parques o espacio recreativos, los lagos o otros sitios que tienen un valor especial.

Para el caso de muchos pueblos que dominan lo que se llama los sitios sagrados existe una diversidad de lugares que protegen de manera privilegiada y especial para su propia subsistencia física y cultural. Para algunos pueblos además de unas áreas de preservación de la biodiversidad que pueden ser grandes bosques, cerros o montañas y en la que pueden estar refrescando el conocimiento permanentemente (ejercicio de la educación continua), existen los cementerios que están asociados de cierta manera a los ancestros, ciertos lugares en los ríos o lagunas.

Esa especial comunicación permanente, la cual tiene cientos de años por los diversos grupos hace que podamos contar con algo de biodiversidad aún y de dicho conocimiento ha servido para que muchos laboratorios se nutran de ella. Desde ésta breve descripción es imposible concebir la conservación del conocimiento tradicional (sabiduría ancestral) con unas reglas que siempre se han cuestionado como las reglas para la propiedad intelectual.

Intentando revisar nuevamente los elementos de la transmisión de un conocimiento ancestral encontramos que estos se comparten permanentemente, además tienen carácter colectivo (comunitario), pues nadie guarda el secreto para sí y no se apropia de dicho conocimiento con la intención de generar ganancias. Esto no se compara a uno de los requisitos que tiene en el mundo occidental para proteger el conocimiento individual o un secreto personal, y por eso que no puede ser aplicado antes de quedar por sentado su utilidad, de lo contrario nadie la puede proteger o pierde el derecho. 

El caso más representativo para los pueblos indígenas es lo que hoy se ha pretendido proteger y defender ante cualquier tipo de intereses particulares y que tiene que ver con la sabiduría que muchos pueblos guardan con relación a unos lugares territoriales especiales denominados sitios sagrados, cuya custodia la tienen unos sabios que se educan para tal fin. En muchas ocasiones sin la autorización debida, o sin su consentimiento no se puede acceder a cierta información privilegiada y quien pretenda hacerlo se tiene que someter a unos parámetros de enseñanza con los sabios o sabias. 

La labor de muchos pueblos del mundo con sus diversas formas de concebir el universo ha logrado mantener el equilibrio entre los seres y el universo que nos rodea. Es por eso que es importante que rápidamente se revise varios instrumentos internacionales que hacen clara alusión al papel que han jugado los pueblos en la conservación de la biodiversidad; es así con el convenio de Diversidad Biológica de 1992 en su preámbulo señala que:

“Reconociendo la estrecha y tradicional dependencia de muchas comunidades locales y poblaciones indígenas que tienen sistemas de vida tradicionales basados en los recursos biológicos,…”  y en su artículo 8j señala que: “Con arreglo a su legislación nacional, respetará, preservará y mantendrá los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas,…”. 

Existen otros instrumentos que tienen relación con la protección del patrimonio cultural e inmaterial de la UNESCO como la convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial de 2003 y en ella se contempla la protección de conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo y en esa medida los estados deben adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial. 

En tal sentido, en 1972 la confederación General de la  UNESCO aprobó la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural en la que advirtió que su destrucción o deterioro lleva a un empobrecimiento  del patrimonio de todos los pueblos del mundo. Posteriormente la declaración sobre diversidad cultural de 2001 y reafirma que la cultura debe ser considerada el conjunto de los elementos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias”.  

El llamado a la protección de los conocimientos y principalmente asociados a la biodiversidad es que se revise además el anexo II sobre las Orientaciones principales de un plan de acción para la aplicación de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural en la que contempla por un lado la elaboración de políticas y estrategias de preservación del patrimonio natural y cultural, en particular del patrimonio oral e inmaterial, y por el otro, el de respetar y proteger los sistemas de conocimiento tradicionales, especialmente los de los pueblos indígenas; además de “reconocer la contribución de los conocimientos tradicionales, en particular por lo que respecta a la protección del medio ambiente y a la gestión de los recursos naturales, y favorecer las sinergias entre la ciencia moderna y los conocimientos locales”.

En ese mismo sentido, a través el programa el Hombre y la Biosfera de la UNESCO buscaron promover una utilización racional de los recursos de la biosfera y crear conciencia sobre la necesidad de su conservación para mejorar la relación global entre los seres humanos y el medio ambiente. Se reconoce entonces, el vínculo existente entre los sitios del patrimonio cultural y natural de la humanidad y la necesidad de conservar y preservar y para tal fin buscaban integrar a este enfoque el concepto de diversidad cultural basado en la población y sus tradiciones, sus conocimientos, sus valores espirituales y sagrados, esto es, los valores y prácticas de carácter intangibles. 

Desde el enfoque de derechos humanos, no podemos desprender la protección de los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas de los derechos humanos fundamentales, máxime cuando estos están asociados a la pervivencia cultural de pueblos, pues éste implica además a la preservación del medio que proporciona todo lo relacionado a la subsistencia como grupos diferencias y la pervivencia física.  

La Declaración de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas, dice que los pueblos indígenas tienen derecho a manifestar, practicar, desarrollar y enseñar sus tradiciones, costumbres y ceremonias espirituales y religiosas; a mantener y proteger sus lugares religiosos y culturales, además del derecho que les asiste a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado y utilizado…”  y como se asocia el conocimiento en una gran proporción a la medicina, la declaración de los Derechos Humanos de los pueblos indígenas señala el derecho de los pueblos indígenas a la medicina ancestral y de ésta en sus prácticas en su mayoría dicho conocimiento o sabiduría ancestral relacionado a los sitios sagrados y sus rituales viene de la permanente comunicación con sus sitios sagrados asociado al ejercicio de la medicina que hoy denominan los pueblos como medicina propia y que además ayuda a conservar sus plantas, animales y minerales de vital interés. 

Ya el convenio 169 de 1989 de la Organización Internacional del Trabajo -OIT había advertido que los gobiernos de cada Estado debían contemplar el respeto por la importancia especial que para las culturas y valores espirituales de los pueblos reviste su relación con las tierras y territorios o con ambos, y para tal fin los estados deben otorgar la protección de las tierras y territorios que los pueblos ocupan tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos de propiedad y posesión.

Finalmente, el conocimiento de los pueblos indígenas asociados a la biodiversidad se tiene que enmarcarse como se expresó brevemente en el texto, desde el enfoque de derechos humanos fundamentales, vital para la subsistencia física y cultural, pues no existen instrumentos medibles económicamente de las ganancias  sociales por preservar la diversidad de culturas que aportan a la preservación del planeta.  

Y por ello, no cabe que se enmarque estos conocimientos en el esquema que se tiene para la protección del conocimiento occidental, es decir, para el conocimiento que se protege vía patente y de manera individual, que además exige otros parámetros para su protección. En la actualidad se viene analizando por parte del movimiento indígena la imperante necesidad de proteger la sabiduría ancestral como un todo y como patrimonio de un pueblo. No se pretende que la sabiduría de los pueblos se convierta en patrimonio de la humanidad como se ha entendido en diversos momentos y escenarios; la diferencia es que sobre la sabiduría de un pueblo indígena, el dominio lo tiene es el mismo pueblo, pero a su vez, también lo puede compartir con muchas más comunidades y con ello, entender que algunas veces estos conocimientos han servido para que una parte de la humanidad obtenga beneficios.

Al dar un vistazo a unos cuantos instrumentos internacionales sobre patrimonio cultural inmaterial, podemos señalar que nunca se deben equiparar los conocimientos indígenas a los conocimientos que se protegen en el esquema de la propiedad intelectual. Desde allí vale la pena repasar las estrategias que los pueblos indígenas tienen para proteger sus conocimientos asociados al aprovechamiento de los recursos naturales, a la biodiversidad, sus formas propias de protegerlas y de preservación. 

Siempre se ha reconocido la comunicación o relación permanente entre los grupos sociales con la biodiversidad en el planeta y de cierta manera en algún momento se llegó a afirmar que en un 80% de la humanidad depende de ella. Pero la diversidad cultural es una de las grandes responsables en la conservación de la biodiversidad; pues tal parece que a mayor conservación de la cultura de un pueblo hay mayor conservación de la biodiversidad. 

Publicado en Enero 28 de 2014| Compartir
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